Asociación Sanjuanina de Nutrición, como entidad Deontológica Provincial, propone aranceles y remuneraciones profesionales para el ejercicio del Licenciado en Nutrición. Los profesionales debemos observar los honorarios mínimos éticos vigentes, dispuestos desde la entidad, al momento de establecer presupuestos o valores por actividades profesionales solicitadas.
Se entiende por honorario mínimo ético, a la retribución mínima establecida que debe percibir un profesional por el trabajo realizado para con un paciente y/o institución que lo requiere, ya sea éste de carácter público o privado. Este comprende el valor monetario de la intervención profesional, considerando además, la carga adicional en cuanto al aval y responsabilidad con que el Licenciado en Nutrición emprendió la tarea solicitada.
Cada profesional, podrá acordar un monto SUPERIOR al mínimo sugerido, acorde a su experiencia, especialización u otras especificaciones Éticas consideradas. A partir del análisis de diversos nomencladores definidos por otros colegios o asociaciones , como así también de la Federación Argentina de Graduados en Nutrición, se decidió establecer por primera vez una unidad monetaria a la que se le asigna un valor en pesos, la misma se denominara:
Esta Unidad, se actualizará en función a la realidad económica de nuestro país en un periodo que no supere los tres meses desde que entra en vigencia, siendo acordada y puesta a consideración por la comisión Directiva y Comité de Ética Profesional creado por la Entidad.
El presente documento define áreas de ejercicio profesional, a las cuales se les asignará un número determinado de ASMENUT. Para estimar el honorario mínimo se deberá proceder a multiplicar el monto establecido al ASMENUT por la cantidad de unidades establecidas para cada actividad por área.
ÁREAS DE DESEMPEÑO | Unidades ASMENUT | |
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Primera Consulta particular | 7 |
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Entrega de Plan Alimentario | 8 |
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Control | 6 |
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Combo (1ªConsulta, Plan y Control) | 14 |
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Consulta domiciliaria | 11 |
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Soporte Nutricional | 13 |
Consulta para Valoración antropométrica por Fraccionamiento (incluye medición e informe de composición) | ||
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2 Componentes | 7 |
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5 componentes | 10 |
ÁREAS DE DESEMPEÑO | Unidades ASMENUT | |
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1hs | 6 |
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10hs | 42 |
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20hs semanales (4 hs/día) | 82 |
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40hs semanales (8hs /día) | 142 |
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44 hs semanales (8hs/día + 1 día media jornada) | 152 |
ÁREAS DE DESEMPEÑO | Unidades ASMENUT | |
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1hs | 6 |
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7hs ( 1 vez por semana) | 30 |
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12hs (2 veces por semana) | 50 |
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15hs ( 3 veces por semana) | 62 |
ÁREAS DE DESEMPEÑO | Unidades ASMENUT | |
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Docencia en Instituciones Privadas por hora cátedra. | 4 |
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Actividad educativa ocasional dirigida a la comunidad por hora | 8 |
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Actividad educativa planificada secuencial con población destinataria especifica por hora | 11 |
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Actividad de Capacitación ocasional o secuencial para profesionales por hora | 12 |
ÁREAS DE DESEMPEÑO | Unidades ASMENUT | |
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Implementación y/o certificación de las normas de calidad e inocuidad (por hora reloj) | 5 |
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Asesoramiento para el rotulado nutricional | 38 |
ÁREAS DE DESEMPEÑO | Unidades ASMENUT | |
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Asesoría en Centros deportivos de forma grupal | 6 |
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Asesoría en Centros de Estética | 6 |